Facturación: IVA para las Empresas/Autónomos de Países de la Unión Europea diferentes a España (Comunitarias)

 

Si eres una Empresa/Autónomo de Países de la Unión Europea diferentes a España (Comunitarias), debes certificarlo de la forma apropiada, de esa manera nosotros podemos eliminar el IVA de tus albaranes y facturas, quedando a pagar el importe base de cada servicio.

Para que este cambio sea aplicado en tu cuenta, debes rellenar el número VAT de tu Empresa en el formulario de cliente y entrar en contacto con nuestro departamento de Facturación a través de un ticket adjuntando el documento que acredite el número VAT.

Abre un ticket al departamento de Facturación y adjunta la documentación apropiada de tu residencia para la correcta verificación.

Empresas/Autónomos de países de la Unión Europea diferentes a España (comunitarias)
- Validación automática del VAT.
- Documentación que acredite el número de VAT asociado a tu Empresa/Autónomo para su verificación manual.


Una vez verificado por el sistema, el IVA será retirado de tu cuenta y podrás realizar el pago del servicio contratado y futuras renovaciones o contrataciones.

Para los clientes antiguos que la situación haya cambiado y ahora tengan número de VAT, deberéis acceder a vuestra cuenta y en las opciones personales introducir el VAT para que se aplique la exención de IVA y de igual manera, tenéis que abrir ticket a Facturación adjuntando el documento que lo acredite.


Una vez acreditada la condición que otorga el derecho a la exención de pago de IVA, el CLIENTE se compromete a notificar a THE LONELY CATS cualquier cambio en su situación que altere este derecho. THE LONELY CATS no será responsable en ningún caso de posibles irregularidades en la aplicación de impuestos derivadas de cambios no notificados por los CLIENTES.

THE LONELY CATS no será responsable en ningún caso de posibles irregularidades en la aplicación de impuestos derivadas de errores arrojados por las herramientas oficiales utilizadas para comprobar el registro de Operadores Comunitarios (Censo VIES).

En el caso de los CLIENTES particulares residentes en la Unión Europea en un país diferente a España, les será aplicado el IVA correspondiente a su país de origen conforme a la normativa comunitaria en vigor desde el 1 de enero de 2015.

Esto también se aplica a cualquier servicio gratuito o coste 0 (cero), ya que el cliente debe identificarse de manera legal.

 

  • unión europea, pagos comunitarios, iva, facturación, facturas, intracomunitario, VIES, VAT
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